martes, 31 de julio de 2012

COMERCIO ı EURO DEPOT ı 26.07.2012





UGT firma el Convenio Colectivo de Euro Depot


Tras duras negociaciones en un entorno económico nacional cada vez mas deteriorado, finalmente, ha sido posible un nuevo convenio colectivo en la empresa Euro Depot.
Si bien las pretensiones empresariales inicialmente pasaban por planteamientos que se acercaban peligrosamente a lo recogido en el Convenio Colectivo de Grandes Almacenes, con el consecuente deterioro de las condiciones laborales de la plantilla de esta empresa, la responsabilidad de las partes negociadoras se ha impuesto y el resultado ha sido no solo el mantenimiento de muchos derechos laborales, lo que hoy en día ya es un logro en si, y la conquista de mejoras importantes.
Los puntos mas destacables quedarían resumidos de la siguiente forma:
Vigencia de 5 años (2012-2016).
Incrementos salariales
• Año 2012: 1% a cuenta con revisión salarial a IPC real 2012 topado a 0,5% si el IPC real supera el 1,5%.
• Años 2013 y 2014: para cada uno de esos ejercicios 0,75% a cuenta. Regularización y atrasos  a partir del mes en el cual el IPC acumulado de esos ejercicios supere el 1,5%. A partir del citado mes se devengarán atrasos siempre que, finalmente, el IPC real supere el 1,5% con un tope máximo de revisión del 0,5%.
• Años 2015 y 2016: para cada uno de esos ejercicios 1% a cuenta. Regularización y atrasos a partir del mes en el cual el IPC acumulado de los ejercicios supere el 1,5%. A partir del citado mes se devengarán atrasos siempre que, finalmente, el IPC real supere el 1,5% con un tope máximo de revisión del 0,5%. Exclusivamente para el año 2016 se establece un posible incremento adicional del 0,5% si el IPC real de ese año supera el 3%.
Jornada laboral. Duración máxima de la jornada de cuarenta horas semanales de promedio sin exceder, en cómputo anual, 1770 horas (reducción de 10 horas respecto al convenio anterior)
Distribución de la jornada. Las condiciones de distribución de la jornada pasan por el articulado 32 del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes (referente en la mayoría de las empresas del sector que desarrollan actividades comerciales similares a la de Euro Depot) con las siguientes especificidades:
• Descanso semanal: 1,5 días a la semana.
• 15 minutos de "descanso de bocadillo" no tendrán consideración de jornada efectivo de trabajo, a cambio, se garantiza el disfrute de al menos 4 fines de semana que comprendan sábado y domingo en el ejercicio del 2013 y 2014, y 5 para los ejercicios del 2015 y 2016, fuera del periodo vacacional.
• Trabajo en domingos y festivos: se basará, fundamentalmente, en criterios de voluntariedad. Como compensación se abonará un recargo del 40% sobre el valor de la hora ordinaria por cada hora trabajada en estos supuestos, además de un día de descanso a
Grupos profesionales. Creación de un nuevo grupo profesional, "Iniciación", con unas condiciones muy por encima a las del convenio de referencia (Convenio Colectivo de Grandes Almacenes), con un salario fijado para el año 2012 en 14.000 euros anuales y periodo máximo de 2 años que puede verse reducido por méritos del empleado.
Desde UGT no podemos sino evaluyar muy positivamente la firma del presente convenio colectivo, que pone de manifiesto, una vez más, cómo la negociación colectiva sigue siendo un garante de derechos en las relaciones laborales y el vehículo adecuado para hacer frente a los graves problemas que hoy nos envuelven, pactando con responsabilidad, las mejoras salidas ante estos.
COMERCIO ı CARREFOUR

Adiós a la conciliación de la vida familiar y laboral en Carrefour


El pasado día 19 de julio mediante el contubernio entre la empresa y Fetico nos vuelven a dar otra vuelta de tuerca, tal y como ocurrió el año 2009 con el descanso semanal.
Como todos sabéis con la modificación sustancial que se acaba de firmar por Fetico y Carrefour nos pueden cambiar prácticamente todos los aspectos de nuestra relación laboral y hacer desaparecer de un plumazo todo lo referente a la ley de conciliación de la vida laboral y familiar.
Te resumimos algunas medidas que te pueden afectar
• Nos pueden cambiar de centro, siempre que no se superen los 40 Km. de distancia, del centro o de tu casa, es decir 80km ida i vuelta.
• Nos pueden cambiar los horarios: de mañana a rotativo o a tarde, de rotativo a tarde.
• Nos pueden quitar horas del martes, miércoles o jueves, haciendo jornadas de 3 horas esos días  para hacerlas los lunes, viernes o sábado hasta 9 horas de trabajo efectivo.
• Nos pueden poner 2 días de turno partido a la semana, pudiendo tener este un descanso de hasta cuatro horas entre la parte anterior y posterior de la jornada.
• Nos pueden poner todas las semanas de 5 días de trabajo, o una semana de 5 días y otra de 6 días.
• En los cambios de rotación en los turnos rotativos, el descanso entre jornada y jornada se puede reducir hasta un mínimo de 7 horas.
• A partir de del año 2013 si la empresa quiere puede excluir de las vacaciones los meses de junio, julio, agosto o septiembre.
* El turno de mañana puede finalizar a las 17 horas.
• Puede que tengas un calendario nuevo hasta 31 de diciembre, con un preaviso de solo de 7 días.  
• Estas modificaciones con un poco de suerte, puede que duren solo hasta el 31 de diciembre de 2014.• Si eres de menor antigüedad en la empresa serás de los primeros, es el criterio de selección supuestamente establecido.
• El calendario anual finalizara a 31 de diciembre de 2012 sin quedar nada claro cual es la jornada anual de marzo a diciembre.
• Quedan suspendidas durante la vigencia del acuerdo las consolidaciones de jornadas de cajas de tiempo parcial.
• El acuerdo recoge el compromiso del mantenimiento del empleo fijo, pero la empresa no dice que plantilla hay actualmente.
• La empresa no nos da al C.I. la información por centro y de las necesidades que hay en cada uno de ellos.
• Se crea una comisión de seguimiento y control del acuerdo del sindicato firmante Fetico y la empresa, de la misma forma que se creo en el anterior acuerdo de horarios de 2009 y que jamás se reunió durante estos 3 años.
• El sistema de incentivos de la plantilla base queda también a merced de los firmantes del acuerdo, a través de la comisión de seguimiento y control.
• El acuerdo solo posibilita a los comités de centro como meros receptores de información sin entregar ninguna documentación.
Y si a pesar de todas estas medidas entienden que se quedaron cortos, tienen tres meses para modificarte de nuevo lo que quieran. También tienen hasta diciembre para poner en práctica este acuerdo, “cuanto menos curioso, si realmente tienen los problemas que dicen tener”. ¿Por qué esperar 6 meses?